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Defensa de monitorios y reclamaciones de cuotas
Qué hacer si te reclaman cuotas de mantenimiento de una multipropiedad.
Defensa frente a monitorios de cuotas
Cuando se dejan de pagar las cuotas de mantenimiento, lo habitual es que el complejo las reclame en un procedimiento monitorio: rápido y barato para quien reclama, y con un plazo muy corto para quien recibe el requerimiento.
Qué hacer si lo recibes
- Anota la fecha exacta en que lo recibiste.
- No dejes pasar el plazo: llámanos o cuéntanos tu caso cuanto antes.
- Reúne contrato, recibos y comunicaciones.
- Estudiaremos si conviene oponerse, negociar o desvincularte para evitar reclamaciones futuras.
Qué revisamos
- Que quien reclama esté legitimado.
- Importes, conceptos e intereses.
- Posible prescripción de parte de la deuda.
- Defectos en el requerimiento o en el contrato.
Preguntas frecuentes
¿Qué plazo tengo para oponerme a un monitorio?
Veinte días hábiles desde el requerimiento de pago (artículo 815 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). No admite prórroga.
¿Quién puede reclamarme cuotas?
Normalmente la entidad que gestiona el complejo o el régimen, no la comercializadora que te vendió. Hay que comprobar que quien reclama esté legitimado y que los importes sean correctos.
Reconozco parte de la deuda, ¿puedo oponerme?
Sí. Se pueden impugnar la cuantía, los conceptos, los intereses o los periodos prescritos. Cada caso se estudia.
Me han embargado, ¿qué hago?
Actúa cuanto antes: puede haber opciones si hubo defectos en la notificación o en la ejecución.
Cuéntanos tu caso
Te respondemos sin compromiso y te explicamos qué opciones reales tienes con tu multipropiedad.